El Derecho a la Desconexión Digital en el Marco de la Revolución 4.0 en el Sistema Laboral Ecuatoriano
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Resumen
El presente artículo tiene por objetivo analizar la regulación e incorporación del derecho a la desconexión digital como un derecho destinado a la prevención de riesgos laborales, en el sistema laboral ecuatoriano a propósito de la Revolución 4.0. Para lo cual, partimos del análisis de la modalidad de teletrabajo en donde se garantiza el derecho a la desconexión, a pesar de que esta modalidad guarda similitud con el trabajo convencional. A través del método analítico sintético y Deductivo-Inductivo de la situación actual de los trabajadores, se ha logrado identificar que las Tecnologías de la Información y Comunicación que se han incorporado en el trabajo presencial tradicional sin regulación alguna, crean una desestabilidad laboral entre empleador y trabajador, principalmente en la comunicación entre estos, por uso indiscriminado de los dispositivos tecnológicos fuera del horario de trabajo. A partir de esta problemática, el derecho a la desconexión digital se encuentra reglamentado en algunas legislaciones que también han desarrollado jurisprudencia, haciendo alusión a quienes protege este derecho, y los límites del control laboral por parte de los empleadores. A continuación, se analiza los bienes jurídicos y derechos que protege el derecho a la desconexión, a fin de identificar la teleología e importancia. Para finalmente inferir en la necesidad ineludible de incorporarlo en nuestro ordenamiento jurídico, como una garantía de derechos y así también como una fuente de obligación para los empleadores en el caso que lo violen.
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