El Ecuador ante el fenómeno de la trata de seres humanos

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María Elena Castillo-Ramos

Resumen

La trata de seres humanos constituye una forma de esclavitud moderna, en la actualidad se la ha denominado la esclavitud del siglo XXI al ser considerada como un delito de lesa humanidad, al mismo tiempo que una grave violación a los derechos humanos. Se considera que ningún país es inmune a la trata y ante este panorama, se vuelve necesario aunar esfuerzos encaminados a la prevención y lucha para enfrentar de manera efectiva este fenómeno.
El Protocolo de Palermo es la norma referente a nivel mundial que define el delito de trata de seres humanos, describiendo las varias modalidades bajo las cuales se puede presentar, donde se pone especial énfasis a la protección de las víctimas, además de incitar a los estados parte a tipificar la trata de personas de manera integral. En este sentido, uno de los logros más importantes del Protocolo constituye la armonización de la normativa interna de los estados para enfrentar drásticamente este delito, en virtud de lo cual toda explotación de seres humanos debe ser sancionada con el rigor de la ley.
Al respecto, nuestro país ha alineado su normativa interna con lo establecido en el Protocolo de Palermo. En primera instancia la Constitución ecuatoriana prohíbe todo tipo de esclavitud y de manera específica la trata de personas. Se ha tipificado la trata como delito contra la humanidad incluyendo todas las modalidades de explotación a seres humanos. Se ha definido lo que es explotación y quiénes son las víctimas de trata y de la misma forma se ha consagrado varios principios de aplicación en la materia enfocados en la identificación y atención a las víctimas. Se destacan entre ellos los de no detención y no criminalización de las víctimas de trata. Otro esfuerzo importante ha sido el nombrar un ente rector en materia de trata que es el Ministerio de Gobierno el mismo que ha liderado la construcción del Plan de Acción Contra la Trata de Personas en Ecuador 2019-2030.
Por otra parte, las cifras de víctimas de este delito crecen cada año sin que sean el reflejo de lo que realmente sucede en la sociedad respecto a la trata y esta es una realidad no solamente a nivel nacional sino a nivel mundial, donde es común evidenciar que varias prácticas de explotación son naturalizadas. Aportan también a este subregistro de víctimas el temor a ser denunciadas y/o deportadas, el temor a represalias por parte de sus tratantes y en muchos casos el no poder identificarse como víctimas de trata.

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Cómo citar
Castillo-Ramos, M. (2021). El Ecuador ante el fenómeno de la trata de seres humanos. 593 Digital Publisher CEIT, 6(2-2), 206-215. Recuperado a partir de https://593dp.com/index.php/593_Digital_Publisher/article/view/628
Sección
Derecho
Biografía del autor/a

María Elena Castillo-Ramos , Universidad Tecnológica Indoamérica - Ecuador

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María Elena Castillo Ramos es abogada de los Tribunales y Juzgados de la República. Es Licenciada en Ciencias de la Educación, tiene una maestría en Derecho Civil y Procesal Civil. En el año 2019 cursó un Diplomado en Derecho Constitucional, Ciencias Forenses y Penales. Es Mediadora calificada por el Consejo de la Judicatura y candidata a PhD en Derecho y Administración de Empresas por la Universidad de Lleida, España. Actualmente se desempaña como docente universitaria en la Universidad Tecnológica Indoamérica.

Citas

Código Orgánico Integral Penal, (2014). https://www.defensa.gob.ec

Ley orgánica de Movilidad Humana, (2017). https://www.acnur.org

Convenio de Varsovia de 1929: Qué es y qué regula. (2019, agosto 20). Conceptos Jurídicos. https://www.conceptosjuridicos.com/convenio-de-varsovia/

Cordero Ramos, N., & Cruz Zúñiga, P. (2019). Trata de personas, género y migraciones en Andalucía (España), Costa Rica y Marruecos: Retos y propuestas para la defensa y garantía de los derechos humanos. http://vlex.com/account/login_ip?fuente_id=30626

Gallegos, J. M. F. (2018). PALABRAS CLAVES: TRATA DE PERSONAS, TRANSNACIONALES, MAFIAS, CLANDESTINOS, COERCIÓN, DISFUNCIONALES, VULNERABILIDAD, VICTIMA, VICTIMARIO, AMENAZA, CONSENTIMIENTO.

Mexico, & International Organization for Migration (Eds.). (2009). Manual para la prevención de la trata de personas (1. ed). Comisión Nacional de los Derechos Humanos, México: OIM.

Ministerio de Gobierno. (2019). PLAN DE ACCIÓN CONTRA LA TRATA DE PERSONAS EN ECUADOR 2019—2030. https://www.ministeriodegobierno.gob.ec/

Miradas críticas sobre la trata de seres humanos: Diálogos académicos en construcción (Primera). (2015). Universidad de Los Andes, Facultad de Ciencias Sociales, Departamento de Ciencia Política, Ediciones Uniandes.

Protocolo de Palermo, (2003). https://www.mininterior.gov.co

Staff, M. (2009). Recorrido histórico sobre la trata de personas. UASB Temas de análisis, 160-167.

Villacampa, C., & Torres, N. (2012). MUJERES VÍCTIMAS DE TRATA EN PRISIÓN EN ESPAÑA. 84.