Eficacia de las medidas de protección en los delitos de violencia intrafamiliar cuando la víctima y el agresor comparten el mismo techo.
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Resumen
rLos países que son partes de diversas organizaciones en defensa de los derechos humanos tienen la obligación de adoptar medidas de protección en los delitos de violencia intrafamiliar, estás deben estar reflejadas en los procesos constitucionales. Es por esto, que ésta investigación tiene como objetivo analizar, en el cantón Sucre, si las medidas de protección como la de no hacer actos de intimidación o persecución y la prohibición de acercarse a la víctima, son o no eficaces para erradicar toda forma de violencia intrafamiliar. A nivel mundial, los códigos o leyes internacionales exigen a los estados priorizar por el derecho a la familia, y es que dentro de este grupo se transmiten muchos vínculos, en la cual, se desarrollan diversos aprendizajes en un ser humano, si éste vínculo presenta factores de violencia puede afectar en la conducta de una persona y éstas se reflejan mediante la personalidad que presenta un agresor y por la carencia de recursos psicológicos se puede proseguir con un estilo de crianza y patrones de relación, cultura y creencias. Para Ecuador el sistema de medidas de protección se expone en el artículo 558 del Código Orgánico Integral Penal, cuyo espíritu de la norma es la de prevenir, sancionar y castigar cualquier acto de violencia contra la mujer y la familia, más aún cuando este tema ha adquirido mayor protagonismo en los últimos tiempos volviéndose este fenómeno en parte del estudio de sociólogos, políticos y legistas.
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